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Reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia -

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Inicia el mes de marzo, mes en el que conmemoramos el Día Internacional de la Mujer Trabajadora y la siembra de quien en la vida fue defensor de las mujeres y precursor del Socialismo Feminista del Siglo XXI, Hugo Chávez; y es propicia la ocasión para recordar las solicitudes del movimiento chavista, feminista y de mujeres en el marco de la reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que solicitamos en el Congreso Venezolano de las Mujeres en octubre 2018.

Hoy somos millones de mujeres venezolanas que logramos ser sujetas de derechos gracias al carácter feminista de la Revolución; y por eso queremos acompañar la intención del presidente Nicolás Maduro Moros de seguir profundizando el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia de manera proactiva y correspondiente, especialmente tomando en cuenta la alarma nacional que tenemos de femicidios y otros tipos de violencia hacia las mujeres.

A continuación nuestras demandas, exigencias y propuestas.

  • Que se incorpore una prohibición EXPRESA de la conciliación y demás medios alternativos de resolución de conflictos . La violencia hacia las mujeres es un delito y una grave violación de Derechos Humanos que NO se puede conciliar. En la práctica los órganos receptores de denuncia lo siguen haciendo en riesgo la vida de las mujeres.
  • Que se contemplen nuevos tipos de violencia como: el FEMINICIDIO , pues la responsabilidad de una mujer que es asesinada por la negligencia de un funcionario o funcionaria debe ser individualizada; la VIOLENCIA POLÍTICA , especialmente tomando en cuenta la violencia fascista en contra de nuestras lideresas comunitarias; la VIOLENCIA GINECOLÓGICA , entendiendo que la violencia obstétrica no abarca todas las restricciones a nuestros derechos sexuales y reproductivos; la CIBERVIOLENCIA , que tanto se ha naturalizado en estos tiempos; y los FEMICIDIOS AGRAVADOS , como el femicidio político y el femicidio obstétrico, entre otras.
  • Que se cree un Instituto Autónomo de Defensa Nacional de los Derechos de las Mujeres . Una vez que la mujer denuncia, esto queda en absoluta indefensión a menos que tenga recursos para pagar un abogado o abogada privada. La mujer víctima NO tiene acompañamiento en el proceso pues el único servicio público en defensa de sus derechos está en la Gerencia de Defensa de los Derechos de la Mujer del Instituto Nacional de la Mujer que tiene limitaciones físicas y presupuestarias. La mayoría de las mujeres que denuncian terminan abandonando el proceso por falta de acompañamiento, una excepción de algunas que logran tener el acompañamiento de alguna organización o movimiento.
  • Que se refiere a la figura de Defensores Comunales del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y desarrolla sus competencias en materia de prevención, atención y acompañamiento de las mujeres víctimas de violencia.
  • Que se incorporen estrategias urgentes de procedimientos disciplinarios, sancionatorios, administrativos y penales para los servidores públicos que obstaculizan la aplicación de la Ley . No más revictimización, desestimación de denuncias, inaplicación de medidas de protección, ineptitudes operativas que terminan incluso en el asesinato de las mujeres.
  • Que se cree de un Sistema Nacional de Protección y un Sistema Nacional de Información Público Unificado en Materia de Violencia Hacia las Mujeres . La falta de coordinación del sistema impide la eficiencia del mismo, y la falta de datos unificados no permite visibilizar la magnitud que implica la violencia hacia las mujeres en nuestra sociedad.
  • Que se incorporen y desarrollen acciones en desarrollos de la medida de Casas de Abrigo . Cuando las mujeres sufren violencia machista extrema, que pone en riesgos sus vidas y las de sus familias, quedan en la calle y sin protección del Estado. En el peor de los casos regresan a sus hogares y son asesinadas.
  • Que se aumenten las penas y se prohíban expresamente los beneficios procesales en tipos penales más tumbas . Por ejemplo, alguien que haya cometido femicidio o algún tipo de violencia sexual no debe poder gozar de ningún tipo de beneficio procesal tratándose de delitos que atentan contra los derechos humanos.
  • Que se contemplen indemnizaciones y atenciones a las familias de la mujer víctimas de femicidio y feminicidio . Esas familias quedan sin protección diferenciada.
  • Que se amplían (Y NO SE LIMITEN) las Medidas de Protección, de Seguridad y Cautelares . La práctica indica que aún las mujeres están desprotegidas con las dificultades.
  • Que se amplíe el lapso de flagrancia . En la práctica las mujeres que sufren muchas veces de privación ilegítima de su libertad, sin contar las dificultades propias de una mujer que ha sido víctima de violencia para salir a denunciar y pedir ayuda.
  • Que de ninguna manera se cambie la Violencia Doméstica por Violencia Familiar , entendiendo que nos regresa un enfoque familiar de las Mujeres. Gracias a la revolución las mujeres somos sujetas de derechos y salmos de ser importantes específicos en el entorno de la familia. No volveremos.

Con estas exigencias pretendemos trascender la indignación, hacia la acción propositiva en defensa del legado feminista de Hugo Chávez, con la seguridad de que con esto lograremos salvar la vida de millas de mujeres.

El feminismo es justicia. La justicia vencerá.

¡Ni Una Más!

¡Vivas Nos Queremos!

¡No estamos todas!


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